LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO. Articulo 26. Los sujetos obligados de manera proactiva deberán poner a disposición de la sociedad y mantener actualizada, en los respectivos medios electrónico, de acuerdo a sus facultades, atribuciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:
Fracción XLVI.- Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos;
| Instituto Municipal de la Vivienda – Trimestre 1 Año 2023 – IMUVISMA-1ER-TRIM-2023-LTAIPG26F1-XLVI-A | Descargar Archivo |





























